El Ministerio de Curación

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Leyes sobre las patentes

Muchos abogan porque se cobren patentes a los traficantes en alcoholes pensando que así se pondrá coto al mal de la bebida. Pero conceder patente a dicho tráfico equivale a ponerlo bajo la protección de las leyes. El gobierno sanciona entonces su existencia, y fomenta el mal que pretende restringir. Al amparo de las leyes de patentes, las cervecerías, las destilerías y los establecimientos productores de vinos se extienden por todo el país, y el tabernero hace su obra nefanda a nuestras mismas puertas. MC 263.2

En muchos casos se le prohibe vender bebidas alcohólicas al que ya está ebrio o se conoce como borracho habitual; pero la obra de convertir en borrachos a los jóvenes sigue adelante. La existencia de este negocio depende de la sed de alcohol que se fomente en la juventud. Al joven se le va pervirtiendo poco a poco hasta que el hábito de la bebida queda arraigado, y se le despierta la sed que, cueste lo que cueste, ha de satisfacer. Menos daño se haría suministrando bebida al borracho habitual, cuya ruina, en la mayoría de los casos, es ya irremediable, que en permitir que la flor de nuestra juventud se pierda por medio de tan terrible hábito. MC 264.1

Al conceder patente al tráfico de alcoholes, se expone a constante tentación a los que intentan reformarse. Se han fundado instituciones para ayudar a las víctimas de la intemperancia a dominar sus apetitos. Tarea noble es ésta; pero mientras la venta de bebidas siga sancionada por la ley, los beodos sacarán poco provecho de los asilos fundados para ellos. No pueden permanecer siempre allí. Deben volver a ocupar su lugar en la sociedad. La sed de bebidas alcohólicas, si bien refrenada, no quedó anulada, y cuando la tentación los asalta, como puede hacerlo a cada paso, aquéllos vuelven demasiado a menudo a caer en ella. MC 264.2

El dueño de un animal peligroso, que, a sabiendas, lo deja suelto, responde ante la ley por el mal que cause el animal. En las leyes dadas a Israel, el Señor dispuso que cuando una bestia peligrosa causara la muerte de un ser humano, el dueño de aquélla debía expiar con su propia vida su descuido o su perversidad. De acuerdo con este mismo principio, el gobierno que concede patentes al vendedor de bebidas debiera responder de las consecuencias del tráfico. Y si es un crimen digno de muerte dejar suelto un animal peligroso, ¿cuánto mayor no será el crimen que consiste en sancionar la obra del vendedor de bebidas? MC 264.3

Concédense patentes en atención a la renta que producen para el tesoro público. Pero, ¿qué es esta renta comparada con los enormes gastos que ocasionan los criminales, los locos, el pauperismo, frutos todos del comercio del alcohol? Estando bajo la influencia de la bebida, un hombre comete un crimen; se le procesa, y quienes legalizaron el tráfico de las bebidas se ven obligados a encarar las consecuencias de su propia obra. Autorizaron la venta de bebidas que privan al hombre de la razón, y ahora tienen que mandar a este hombre a la cárcel o a la horca, dejando a menudo sin recursos a una viuda y sus hijos, quienes quedarán a cargo de la comunidad en que vivan. MC 264.4

Si se considera tan sólo el aspecto financiero del asunto, ¡cuán insensato es tolerar semejante negocio! Pero, ¿qué rentas pueden compensar la pérdida de la razón, el envilecimiento y la deformación de la imagen de Dios en el hombre, así como la ruina de los niños que, reducidos al pauperismo y a la degradación, perpetuarán en sus propios hijos las malas inclinaciones de sus padres beodos? MC 265.1