En los Lugares Celestiales

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“Tened ... ferviente amor” 13 de octubre

Y ante todo, tened entre vosotros ferviente amor; porque el amor cubrirá multitud de pecados. 1 Pedro 4:8. ELC 295.1

Los seguidores de Cristo no mostrarán características que sean vulgares y egoístas, sino que revelarán en palabra, espíritu y hechos la delicadeza de Cristo... Un espíritu dominante y altivo no es de Dios y no debiera emplearse con creyentes o incrédulos, no importa cuán baja pueda ser su condición. Se requiere de los cristianos que representen a Cristo en todo su trato con aquellos por quienes ha dado su preciosa vida... ELC 295.2

El que continuamente contempla a Cristo lo manifestará en su espíritu, en sus palabras, en su conducta. No atropellará a nadie, no tratará de poner a las almas en fuerte tentación, o indiferentemente las dejará en el campo de batalla de Satanás. Extenderá una mano para ayudar y tratar de elevar a las almas al cielo. Como un obrero junto con Dios, tratará de que los pies del tentado estén firmemente establecidos en la Roca de los siglos... ELC 295.3

No hay límite para el perdonador amor de Cristo... Debiéramos hacer que comprendan los que están en peligro que los apreciamos, que no deseamos abandonarlos. Habla con ellos, ora con ellos y exhórtalos con amor... ELC 295.4

La religión de la Biblia es para guiar la conducta de todo aquel que cree sinceramente en Cristo. La Biblia debe guiarnos en nuestros deberes diarios de la vida. Podemos hacer una profesión de ser seguidores de Cristo y, con todo, si no somos hacedores de su Palabra, seremos como la moneda falsa. No tendremos el sonido verdadero. Cada uno de nosotros es un miembro de la familia humana. Nos debemos a Dios, a su amor, a manifestar devoción por él en nuestras palabras y acciones. Nos debemos a cada miembro de la familia humana, sea blanco o negro, excelso o humilde; debemos tratarlo con bondad y manifestar interés por su alma. Como miembros de una familia, somos todos hermanos... Los hijos de Dios son ciudadanos del cielo.—Carta 16a, 1895. ELC 295.5