El Ministerio Médico

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Consideración por un obrero lastimado

Cuando alguno de los vuestros se lastima en su trabajo, como sucedió hace algún tiempo, relacionaos con él como os gustaría que sucediera con vosotros en circunstancias similares. Mostrad simpatía cristiana. Este es el trato que Dios da. Cualquier conducta por debajo de esta regla no es verdadera justicia ni nobleza. MM 224.2

Debió haberse mostrado un cuidado especial en el tratamiento del lastimado, pues era incrédulo. Tenéis razón en agradecer a vuestro Padre celestial de que no perdió la vida. MM 224.3

Si al que se lastima se lo lleva al sanatorio, el cobro por su tratamiento debe ser bajo, si acaso se le cobra algo. Y que se considere también si la justicia no requiere que se le pague su salario durante el tiempo que esté sin trabajar debido al accidente. MM 224.4

Nadie debe aprovecharse de ningún trabajador, en ningún caso, pues todas las cosas están abiertas ante los ojos de Aquel a quien debemos dar cuentas. Él requiere que se abrigue la integridad en el alma y que se revele en la vida.—Carta 58, 1902. MM 225.1